Resumen :
En el presente Trabajo de Fin de Grado se tiene por objeto analizar, dentro del marco jurídico, los deberes en el ámbito mercantil de los administradores de una sociedad de capital en España.
El derecho societario se encuentra sometido a continuos cambios, produciéndose una constante necesidad de adaptación al marco en el que se desenvuelve, resultado de ello, son las numerosas modificaciones legislativas en materia de gobierno corporativo.
Un claro ejemplo de ello es la redacción de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, cuyas modificaciones se centran en los dos órganos sociales que conforma cualquier sociedad capitalista, centrándonos en nuestro caso en aquellas dirigidas al órgano de administración, a través de la cual el legislador ha regulado de una forma más precisa y extensa los deberes de diligencia y lealtad y los procedimientos que se deberían seguir en caso de conflicto de interés.
Así como la reciente Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas. Por la que se modifica el primer apartado del artículo 225 LSC para reforzar el deber de diligencia de los administradores.Ambas leyes incorporan importantes modificaciones en el régimen jurídico de los administradores de las sociedades, las cuales, analizaremos en el presente trabajo.
Para finalizar, vamos a tratar la propuesta de Directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y derechos humanos, la cual incluye una referencia expresa al deber de diligencia de los administradores.
The purpose of this Final Degree Project is to analyze, within the legal framework, the duties of the administrators of a capital company in Spain in the commercial field.
Corporate law is subject to continuous changes, with a constant need to adapt to the framework in which it operates, as a result of which there are numerous legislative amendments in the field of corporate governance.A clear example of this is the drafting of Law 31/2014, of December 3, amending the Capital Companies Act to improve corporate governance, whose amendments focus on the two corporate bodies that make up any capitalist company, focusing in our case on those aimed at the management body, through which the legislator has regulated in a more precise and extensive way the duties of diligence and loyalty and the procedures that should be followed in case of conflict of interest.As well as the recent Law 5/2021, of April 12, amending the Revised Text of the Capital Companies Act, approved by Royal Legislative Decree 1/2010, of July 2, and other financial regulations, with regard to the promotion of the long-term involvement of shareholders in listed companies. By which the first section of Article 225 LSC is amended to reinforce the duty of diligence of the administrators.
Both laws incorporate important modifications in the legal regime of company directors, which we will analyze in this paper.
Finally, we will deal with the proposal for a Directive on the due diligence of companies with regard to sustainability and human rights, which includes an express reference to the duty of diligence of directors.
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