Resumen :
En España anualmente hay una entrada de vehículos a motor por nuestras fronteras de 13 millones. Todo este tránsito conlleva la consecuencia inevitable de accidentes de tráfico, consecuencia del accidente, atisbamos nuestras piezas claves a desarrollar en el presente trabajo, el cual se nutrirá sobre el análisis y la resolución de las cuestiones surgidas alrededor de un accidente de automóvil por carretera con diferentes sujetos y elementos pertenecientes al derecho internacional privado y, sin olvidarnos de la responsabilidad extracontractual derivada de dicho accidente. Por todo lo mencionado con anterioridad, deberíamos hacernos estas tres preguntas principalmente para el desarrollo del trabajo: ¿es esta una situación adscrita y reconocida por el derecho internacional privado?¿son competentes los tribunales españoles para conocer dicho supuesto y deferir al respecto sobre la responsabilidad suscrita al accidente? y, ¿qué derecho se aplica a la responsabilidad derivada del accidente?¿la primera pregunta, nos llevan a determinar si nos encontramos ante una situación reconocida por el mismo DIPR, la cual su respuesta es claramente si, al ser unos de los sujetos participantes del accidente extranjero, la segunda pegunta, es una de las cuestiones principales a resolver, que es, la determinación de la competencia judicial internacional, la cual, nos mostrara, donde tendremos la posibilidad de iniciar nuestro procedimiento de reclamación, es decir, desde la perspectiva del derecho internacional privado español, qué órganos jurisdiccionales serán los competentes para conocer del litigio; y, la tercera, y no menos importante, la determinación de la ley aplicable, la cual será con la que se resuelva la controversia jurídica
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