Abstract:
En el año 2012 se adoptaron en España dos importantes, y polémicas, medidas
tributarias de características opuestas: la última amnistía fiscal conocida en nuestra
historia democrática y, posteriormente, la obligación de declaración de bienes y
derechos situados en el extranjero, cuyo desarrollo reglamentario, que data de 2013,
destacaría por contener desproporcionadas sanciones. Aunque en este trabajo
encontraremos un espacio dedicado a la primera, es la segunda el principal objeto de
estudio.
Para las autoridades españolas, la necesidad de intensificar las actuaciones en la
prevención y lucha contra el fraude fiscal justificaba la implementación de la citada
obligación mediante el Modelo 720 y de las consecuencias asociadas a su presentación
extemporánea o incorrecta. No obstante, para la Comisión Europea y los contribuyentes
afectados, el régimen sancionador planteaba objetivas dudas de proporcionalidad.
En este sentido, la institución europea advirtió a España en diversas ocasiones,
pero ni un Dictamen motivado pudo poner fin al conflicto antes de la fase contenciosa.
La Comisión recurrió ante el TJUE y, a raíz de su pronunciamiento, han tenido lugar las
ansiadas modificaciones en torno a la declaración informativa objeto de nuestro trabajo.
La falta de acomodación de la declaración al Derecho de la Unión Europea se
basa, principalmente, en que se ha producido una restricción de la libertad de
circulación de capitales que va más allá de lo necesario para conseguir el objetivo
perseguido -luchar contra el fraude-, y hace posible ver restituidas situaciones jurídicas
producidas por la aplicación de la norma controvertida.
Una especial referencia al impacto de la sentencia en la declaración de las
monedas virtuales ocupa el último epígrafe de este trabajo, habida cuenta de que
carecen de regulación específica en nuestro ordenamiento jurídico tributario y son
muchas las dudas que, al respecto, se plantean en dicho ámbito.
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