Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://hdl.handle.net/11000/26702
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dc.contributor.authorArmijo Pliego, Ana-
dc.date.accessioned2022-04-29T12:21:04Z-
dc.date.available2022-04-29T12:21:04Z-
dc.date.created2018-05-18-
dc.identifier.citationnº8 (2018)es_ES
dc.identifier.issn2445-0936-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11000/26702-
dc.description.abstractEn los últimos tiempos ha sido objeto de análisis –tanto por la doctrina como por la jurisprudencia- el alcance de la responsabilidad de las entidades financieras en relación con las cantidades anticipadas a cuenta del precio de la vivienda por los compradores de las mismas en aquellos supuestos en los que la transmisión no llegó a materializarse. En el presente artículo vamos a analizar, en base a la reciente jurisprudencia de nuestro Alto Tribunal y de las Audiencias Provinciales, el régimen de responsabilidad de las entidades crediticias en relación con las cantidades anticipadas por los compradores de viviendas cuándo la transmisión no llegó a buen fin.es_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.format.extent5es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad Miguel Hernández de Elchees_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subject.other34 - Derecho::340 - Cuestiones generales de derecho. Métodos y ciencias auxiliares del derechoes_ES
dc.titleLa responsabilidad de las entidades financieras en relación con las cantidades anticipadas a cuenta del precio de la viviendaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_ES
dc.identifier.doi10.21134/lex.vi.566-
dc.relation.publisherversionhttps://doi.org/10.21134/lex.vi.566-
Aparece en las colecciones:
Núm. 8 Enero - Marzo 2018


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