Please use this identifier to cite or link to this item: https://hdl.handle.net/11000/26657
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dc.contributor.authorSoler Samper, Carlos-
dc.date.accessioned2022-04-27T09:15:28Z-
dc.date.available2022-04-27T09:15:28Z-
dc.date.created2020-09-27-
dc.identifier.citationNº14 (2020)es_ES
dc.identifier.issn2445-0936-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11000/26657-
dc.description.abstractEl pasado mes de marzo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante TJUE) se pronunció sobre una de las temáticas que más controversia ha generado entre las entidades bancarias y sus clientes en los últimos años: el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (en adelante IRPH). El IRPH es un índice oficial que emite el Banco de España y que se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de forma mensual. El IRPH ha sido utilizado por las entidades bancarias para poder llevar a cabo el cálculo de los préstamos hipotecarios contratados por sus clientes. Este índice se calcula, a su vez, según la media de los tipos de los préstamos concedidos por el sector en los últimos tres años más un diferencial.es_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.format.extent9es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subject.other34 - Derecho::340 - Cuestiones generales de derecho. Métodos y ciencias auxiliares del derechoes_ES
dc.titleTransparencia de la cláusula sobre le índice de referencia de los préstamos hipotecarios (IRPH)es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_ES
dc.identifier.doi10.21134/lex.vi.922-
dc.relation.publisherversionhttps://doi.org/10.21134/lex.vi.922-
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Núm. 14 Enero-Marzo 2020


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