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dc.contributor.advisorOrtiz del Valle, María del Carmen-
dc.contributor.authorMortón Ayuso, Evelyn-
dc.contributor.otherDepartamentos de la UMH::Ciencia Jurídicaes
dc.date.accessioned2020-12-22T17:56:46Z-
dc.date.available2020-12-22T17:56:46Z-
dc.date.created2019-09-
dc.date.issued2020-12-22-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11000/6870-
dc.description.abstractA cada instante se celebran contratos de seguro, que incluyen cláusulas de distinta naturaleza. En el momento en el que se produce el siniestro, es cuando el adherente conoce la existencia de dichas cláusulas las cuales contienen condiciones que pueden ser opuestas a los intereses del asegurado beneficiando al asegurador. La base de la teoría general de los contratos en nuestro derecho es el principio de libertad contractual o autonomía de la voluntad, lo cual debería motivar que las partes del contrato determinen un contenido justo. No obstante, en la práctica es insuficiente por lo que se debe blindar una protección al adherente el cual se vinculará a unas condiciones incorporadas por el asegurador alegando el principio de autonomía de la voluntad. El artículo 1 de la ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro (en adelante denominada LCS), establece que ¿el contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.¿ por ello, la prestación del asegurador depende de la de delimitación del riesgo que este estipulada en el contrato de seguro. Por consiguiente, los contratos contienen cláusulas que delimitan y/o definen el riesgo asumido por el asegurador. Pero no son las únicas cláusulas que hallamos en los contratos, también son frecuentes las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados. En la práctica, los límites entre ambos tipos de cláusulas son difusos e incluso llegando a casos en que las cláusulas que delimitan el riesgo se equiparan a las cláusulas limitativas de los derechos del asegurado y viceversa. Por consiguiente, el propósito de este trabajo es diferenciar las cláusulas que se encuentran en un contrato de seguro, con especial interés en determinar las condiciones generales y definir los criterios legales para diferenciar cuándo nos encontramos ante una delimitación del riesgo y cuando ante una limitación de los derechos del asegurado.es
dc.formatapplication/pdfes
dc.format.extent36es
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad Miguel Hernández de Elchees
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses
dc.subjectcláusula de delimitación del riesgoes
dc.subjectcláusula limitativa de los derechos del aseguradoes
dc.subjectartículo 3 LCSes
dc.subjectartículo 73 LCSes
dc.subject.otherCDU::3 - Ciencias sociales::Derecho: 34es
dc.titleLos derechos del asegurado en el Contrato de Seguro: Análisis de los artículos 3 y 73 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguroes
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises
Appears in Collections:
TFG- Derecho


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