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dc.contributor.authorOrtiz del Valle, María del Carmen-
dc.contributor.otherDepartamentos de la UMH::Ciencia Jurídicaes
dc.date.accessioned2020-05-18T10:45:49Z-
dc.date.available2020-05-18T10:45:49Z-
dc.date.created2019-
dc.date.issued2020-05-18-
dc.identifier.issn2445-0936-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11000/6010-
dc.description.abstractEl Pleno del Tribunal Supremo ha dado solución a una de las cuestiones más polémicas en relación con las cantidades anticipadas para la compra de una vivienda en construcción, como es la relativa al plazo de prescripción de las acciones derivadas de la Ley 57/1968, de 27 de julio, sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas. Dicha Ley, a pesar de no estar vigente en estos momentos, sigue aplicándose a numerosos contratos que fueron firmados bajo su ámbito de vigencia de ahí la importancia de la sentencia objeto de comentario.es
dc.formatapplication/pdfes
dc.format.extent8es
dc.language.isospaes
dc.relation.ispartofseries12es
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses
dc.subjectContratoses
dc.subjectCompraes
dc.subjectViviendaes
dc.subject.otherCDU::3 - Ciencias sociales::Derecho: 34::347 - Derecho civiles
dc.titleEl plazo de prescripción de las acciones fundadas en la ley 57/1968, de 27 de julio, sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas: otra defensa a ultranza del consumidores
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees
dc.identifier.doi10.21134/lex.v0i12.1758-
dc.relation.publisherversionhttps://doi.org/10.21134/lex.v0i12.1758-
Aparece en las colecciones:
Núm. 12 Abril - Septiembre 2019


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